viernes, 12 de junio de 2009

CORPUS CHRISTI - VAZQUEZ DE MELLA

El Concilio de Trento resume y define el dogma eucarístico en dos Cánones (el 2 y el 4 de la Sesión XIII). Basta copiar el segundo, que viene a compendiar los dos: «Si alguno dijere que en el Sacrosanto Sacramento de la Eucaristía queda la substancia del pan y del vino juntamente con el Cuerpo y la Sangre de Nuestro Señor Jesucristo y negare aquella maravillosa y singular conversión de toda la substancia del pan en el Cuerpo y de toda la substancia del vino en la Sangre, por la cual quedan del pan y del vino tan sólo las especies: conversión a la que la Iglesia Católica, y por cierto con mucha propiedad, llama transubstanciación: sea anatema.» (1. La Iglesia empleó con preferencia especies a accidentes, pero pueden considerarse como sinónimos, según se ve en la condenación de Wicleff, que empleó los segundos).

No se puede expresar con más claridad la fórmula dogmática, pues hasta la estudiada repetición de las palabras pesadas y medidas evita toda confusión.

Cuatro son las proposiciones que contiene:

La conversión es singular y maravillosa, es decir, única y sobrenatural.
No existe la substancia del pan y el vino juntamente con la del Cuerpo y Sangre de Jesucristo en la Eucaristía.
Del pan y el vino tan sólo quedan las especies (manentibus dumtaxat speciebus).
Conversión de toda la substancia del pan en el Cuerpo y de toda la substancia del vino en la Sangre de Cristo.
Si no existe en la Eucaristía la substancia inferior y de ella sólo quedan los accidentes o especies, ¿cómo puede verificarse la conversión total de la substancia del pan y el vino en la superior del Cuerpo de Cristo?

Un trilema disipa las contradicciones que imagina la sutileza heterodoxa. No caben más que tres asertos, prescindiendo del sentido figurado y analógico, para interpretar la conversión total.

Primero: El Cuerpo de Cristo se hace de la substancia del pan y del vino.
Segundo: El pan y el vino se hacen substancia del Cuerpo de Cristo.
Tercero: El pan y el vino desaparecen y el Cuerpo de Cristo aparece, y lo que antes existía se cambia en la substancia superior que la sustituye.

El primer aserto, que no han faltado algunos que lo sostuvieren, supone que el Cuerpo de Cristo es en gran parte creado, y destruye su unidad e identidad, pues el nuevamente producido será diferente del que preexistía.

En el segundo, la substancia del Cuerpo de Cristo es acrecentada y alterada; niega los tres axiomas teológicos, porque la conversión sería natural, destruiría la unidad y la inalterabilidad del Cuerpo y hasta variaría la unión hipostática al variar un elemento de la naturaleza humana.

El tercero se conforma con los axiomas teológicos. La conversión es sobrenatural, y en nada se menoscaba la unidad inalterable del Cuerpo de Cristo. Hay un cambio total de substancias; la que existía desaparece en otra, el Cuerpo que la sustituye.

Acostumbrados a la sustitución simple, parcial y sucesiva de las conversiones naturales entre substancias que siguen de alguna manera existiendo, necesitamos elevarnos sobre ella para comprender esta doble sustitución instantánea entre dos substancias de las cuales sólo una persiste.

No hay conversión sobrenatural sin sustitución, porque no existe sin separación de accidentes, y ésta ya supone la sustitución de la substancia por la acción divina; de modo que hay que admitirla, cuando menos, a medias, y entonces no es total.

No ya un cristiano, ningún filósofo teísta puede negar a Dios, sin hacerse ateo, el poder de sustituir una substancia con otra bajo los accidentes de la primera.

Pero la substancia sustituída para mantener los accidentes, o carece de realidad o conserva alguna. Si no la conserva, no puede convertirse en nada, y si la conserva, o coexistirá con la otra o se transfundirá en ella. En el primer caso, después de la aparición de la primera, es decir, después de la Consagración, quedaría algo, además de los accidentes separados, lo que es contrario al dogma; en el segundo caso, si se transfunde, habrá algo en el Cuerpo de Cristo que antes no existía, y se vulnerará también el dogma.

Luego es necesario que desaparezca la substancia inferior sin incorporación a la superior.

Esto supone esta consecuencia, que desaparezca totalmente por una doble sustitución, la de su acción para mantener los accidentes y la de su entidad, si queda alguna después de la separación.

Vazquez de Mella

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